Recientemente se reformo el artículo 627 del Código de Trabajo con el objetivo de aumentar las multas para los patronos por incumplir a las prestaciones laborales. Las multas son entre dos y doce salarios mínimos del sector industria, comercio y servicio, por cada prestación laboral vulnerada, esto de acuerdo al tamaño de la empresa, y no exime del cumplimiento en el pago de las prestaciones laborales y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal.
Las infracciones laborales a las que se les aplicará la reforma, son las que no tienen sanción expresa, pero las infracciones en materia de Seguridad y Salud Ocupacional, y otras infracciones laborales que tienen sanción expresa en leyes laborales, se les seguirá aplicando dicha sanción.
Se hace vital que los patronos cumplan con las prestaciones laborales que por ley establece el Código de Trabajo, ya que las nuevas reformas tienen como objetivo el estrictico cumplimiento de estas.
Para más información y asesoría personalizada. Contáctanos al WhatsApp (503) 6125-2463 o al correo electrónico: conlegalasesoria@gmail.com.
La primera consulta es gratuita.
