Divorcio por Separación de más de un año
La separación entre los cónyuges debe haber durado al menos un año y debe haber sido definitiva, sin periodos de reconciliación o períodos en los que han vuelto a vivir juntos, aunque sean cortos, esto interrumpe el tiempo que prescribe la ley, la doctrina se refiere a que debe existir separación de techo, lecho y mesa.
En esta causal de divorcio, lo fundamental es que se cumpla con la condición objetiva prevista por la ley, es decir que se debe de probar mediante los medios previstos por la ley que entre los cónyuges ha existido una separación por el tiempo requerido, el juzgador debe fallar conforme a la prueba, aunque no exista voluntad en una de las partes.
Incluso si uno de los cónyuges es de paradero desconocido o se encuentra fuera del país la legislación determina la forma de proceder.
El tiempo de duración del proceso se determinara de acuerdo a cada situación en particular.
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